Código Civil: el Gobierno mantuvo cambios a los que se opone la Iglesia

02El proyecto del oficialismo incluye el divorcio exprés y la fertilización asistida para parejas del mismo sexo; excluye el alquiler de vientres

Pese a los reclamos de la Iglesia, el oficialismo no introdujo cambios sustanciales al proyecto de modificación y unificación del Código Civil y Comercial, al que pretende dar media sanción en el Senado en apenas 15 días.

 

Según el texto dado a conocer ayer, el kirchnerismo mantendrá en pie el divorcio exprés, la fertilización asistida para matrimonios del mismo sexo, la gestación post mórtem y las uniones convivenciales, entre otros puntos, que las autoridades eclesiásticas cuestionan abiertamente. Las únicas concesiones que aceptó el oficialismo son, principalmente, dos. Una, la eliminación del texto del artículo sobre gestación por sustitución, conocido como alquiler de vientres. La otra, el reconocimiento de que la existencia de la persona humana comienza con la concepción.

 

No obstante, en este último punto se trata de una concesión a medias, ya que el nuevo Código nada dice sobre los embriones concebidos por fertilización asistida y que no fueron implantados en el útero de la mujer. El oficialismo prometió una ley especial sobre este tema específico, que todavía no presentó ni precisó.

 

El texto tampoco exhibe cambios en aspectos polémicos que reclama la oposición. Uno de ellos se refiere a la responsabilidad del Estado: el oficialismo confirmó que cualquier hecho, sea lícito o ilícito, que cometa el Estado en perjuicio de un ciudadano deberá atenderse por vía administrativa, no por vía civil, que establece sanciones más estrictas. Este criterio quedó expresado en un proyecto de ley especial que el Gobierno presentó ayer y que la Cámara de Diputados tratará el martes próximo.

 

El texto tampoco exhibe cambios en aspectos polémicos que reclama la oposición. Uno de ellos se refiere a la responsabilidad del Estado: el oficialismo confirmó que cualquier hecho, sea lícito o ilícito, que cometa el Estado en perjuicio de un ciudadano deberá atenderse por vía administrativa, no por vía civil, que establece sanciones más estrictas. Este criterio quedó plasmado en un proyecto de ley especial que el Gobierno presentó ayer y que la Cámara de Diputados tratará el martes próximo. Además, incorpora en el artículo 15 de la iniciativa una figura que promete controversia: la de la «función social de la propiedad». Según el artículo, toda propiedad tiene una función social y, por lo tanto, debe estar «sometida a las obligaciones que establece la ley con fines de bien común».

 

El kirchnerismo presentó su propuesta de dictamen en la Comisión Bicameral encargada de revisar e impulsar la sanción del nuevo código. En esa reunión, los legisladores no discutieron la letra chica del proyecto, sino cómo serán los tiempos de aprobación: en este sentido, el oficialismo, mayoría en ambas cámaras, blanqueó su intención de darle media sanción el 27 de este mes en el Senado, pocos días antes de la asunción de los nuevos legisladores.

 

Semejante apuro obedece, explicaron los oficialistas, a que con la renovación legislativa se volvía a fojas cero todo el trabajo que elaboró la Comisión Bicameral en dos años. «No tenemos ningún apuro externo -dijo el presidente de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez, en un intento por disipar las sospechas de que actuaban por orden de la Casa Rosada-. Sólo queremos cerrar un proceso: hay varios legisladores de esta comisión que terminan su mandato y se rompieron el alma para ver sancionado el nuevo código.»

 

Así las cosas, y pese a las críticas de la oposición (ver página 7), el oficialismo está decidido a terminar el año parlamentario con la media sanción del nuevo código. Lo convertiría en ley el año próximo pero, llamativamente, no dio mayores precisiones de fechas. «La sanción de ley dependerá de cómo se comporte (Ricardo) Lorenzetti», acicateó un importante referente opositor.

 

Lorenzetti, el presidente de la Corte Suprema, es uno de los autores, junto con Elena Highton de Nolasco, también ministra del alto tribunal, y la jurista Aída Kemelmajer de Carlucci, de la reforma y unificación del Código Civil y Comercial. El trío presentó el proyecto en marzo de 2012 y, pocos meses después, el Poder Ejecutivo lo envió al Congreso, no sin antes aplicar importantes modificaciones al texto que elaboraron los juristas (de lo que se informa aparte).

 

Una vez en el Parlamento, los diputados y senadores que integran la Comisión Bicameral convocaron a audiencias públicas y recorrieron el país para escuchar los testimonios de los actores interesados en la reforma. La actividad se paralizó con la campaña electoral, y se retomó recién ayer: fue entonces cuando el oficialismo anunció su vocación de apurar los tiempos.

 

«Podría haber nuevos cambios. Veremos qué propuestas acerca la oposición», confió anoche a este diario un importante diputado oficialista.

 

En el kirchnerismo confían en que la Iglesia no hará demasiados reproches por las escasas concesiones que se les realizaron a sus planteos. «Lo más importante es que el texto preserva la doctrina filosófica de la Iglesia. Por eso se enfatizó que la vida comienza con la concepción. También se eliminó el alquiler de vientres, que era otra de sus peticiones más fuertes. En lo que no se dará marcha atrás es en las cuestiones civiles como el matrimonio o el divorcio. Pero, visto así, se accedieron a los planteos medulares de la Iglesia», exaltaban ayer en el kirchnerismo.

 

Así las cosas, en lo que respecta a divorcio se mantendrá lo que había propuesto la comisión redactora: el proyecto original propone simplificar los trámites -de ahí el calificativo «exprés»-, estableciendo que puede solicitarse también con el único deseo de uno de los cónyuges. Además, para tomar la determinación no sería necesario que el cónyuge invoque causas. Así, cuestiones como el adulterio o la falta de convivencia ya no tendrían efectos jurídicos adversos. Asimismo, el nuevo código reconoce el matrimonio igualitario, en línea con la ley que se aprobó hace tres años. Por eso, no se realizarán distinciones entre varón y mujer para definir quiénes pueden casarse.

 

Además, los cónyuges podrían optar entre el régimen de comunidad de ganancias y el régimen de separación de bienes, a través de acuerdos prenupciales.

 

PUNTOS SALIENTES

 

Se conservan en el texto

El divorcio exprés, la gestación post mórtem y las uniones convivenciales. También, la responsabilidad sólo administrativa y no civil cuando el Estado perjudica a un ciudadano

 

Se eliminó

El alquiler de vientres. Otra concesión fue el reconocimiento de que hay vida humana desde la gestación.

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